
¡Qué triste situación! El Banco Mundial advierte que la economía boliviana sufrirá otra recesión en 2026, con una caída del 3,2%; el Fondo Monetario Internacional lo refrenda con un pronóstico del -3,3%. Estas cifras van a contramano de lo dicho por el ministro de Economía y Finanzas Públicas —en enero pasado, en Davos—, quien aseguraba que Bolivia podría dar una sorpresa este año y crecer.
Pero, claro, ¿cómo vamos a crecer si otra vez empiezan los insufribles bloqueos y marchas? Pareciera que no fue suficiente lo vivido en los últimos 20 años, que terminaron llevando al país a la crisis.
La crítica actual se centra en la Ley 1720 (conocida como “Ley 157” por su numeración durante la etapa de proyecto). El espíritu de esta norma es posibilitar la conversión voluntaria de la pequeña propiedad agraria a mediana. Esto permitiría que los productores del campo puedan dar sus tierras en garantía y acceder a financiamiento bancario para invertir más, incrementar su productividad con mejor tecnología y, con ello, aumentar su producción e ingresos. En otras palabras: crecer y salir de la pobreza por su propio esfuerzo. De ahí que se afirme que esta ley responde a una demanda histórica de los pequeños productores.
La sumatoria de tales éxitos individuales implicaría un mayor desarrollo agrícola, la mejora de la seguridad y soberanía alimentaria, y un aumento en las agroexportaciones y el ingreso de divisas que tanto precisa Bolivia. Un país que exporta su excedente crece más que aquel que pone frenos a sus pequeños productores, condenándolos al autoconsumo. Precisamente eso es lo que busca romper la Ley 1720.
Por ello, resulta increíble que, pese a su virtuosidad y posibles efectos positivos, haya quienes no la entiendan y se opongan a ella. En efecto, aquellos que “siempre tienen un problema para cada solución” —marchas de por medio— se resisten al progreso de los pequeños productores y hablan por ellos como si fueran niños, ignorando que son capaces de pensar por sí mismos.
Buscando la verdad, consulté al Abog. Fernando Asturizaga, especialista en Derecho Agrario y exviceministro de Tierras, quien “en facilito” me explicó tres puntos para desmitificar las medias verdades que solo confunden a la población y perjudican a quienes desean crecer:
Es constitucional: El procedimiento de conversión está amparado por el Art. 394 de la Constitución Política del Estado (CPE).
Es voluntario: El pequeño productor que desee mantener las restricciones de inembargabilidad e indivisibilidad sobre su tierra no está obligado a realizar la conversión.
No afecta a tierras colectivas: La norma no involucra tierras tituladas colectivamente (TCO o TIOC) ni a comunidades campesinas.
Esta es la realidad de la Ley 1720. A su vez, la Confederación Agropecuaria Nacional (Confeagro) aclaró mediante un pronunciamiento público que la pequeña propiedad sigue gozando de todas las garantías constitucionales. Sin embargo, al ser actualmente inembargable, impide al productor acceder a mejores créditos. Si la ley no regula la propiedad indígena originaria campesina, no es necesaria una consulta previa, ya que las comunidades son propietarias de tierras colectivas y no de predios individuales.
Confeagro lanzó una sentencia directa a la yugular: “Impedir que el pequeño propietario decida cómo administrar su patrimonio significa menospreciarlo e implicar que es incapaz de manejar su economía; es decir, desconocer que debe gozar de los mismos derechos que todos los bolivianos”.
Incluso la periodista Amalia Pando, en su programa Cabildeo Digital, fustigó la osadía de los opositores a la norma: “Piensan que el campesino es tonto (…) que el momento en que se convierte en mediano va a ir a prestarse plata para emborracharse y perder su tierra. ¡No es así! La gente es muy consciente de los riesgos que corre; ningún campesino es tonto y, si asumen el riesgo, es porque pueden pagar su crédito. De hecho, los pequeños productores son los que mejor pagan, y de esto saben bien los bancos”.
Como dice el dicho: a buen entendedor, pocas palabras.
Gary Antonio Rodríguez Álvarez es Economista y Magíster en Comercio Internacional.
La opinión expresada en este artículo es de exclusiva responsabilidad del autor y no representa una posición oficial de Enfoque News.









Sé el primero en dejar un comentario