
Un verdadero revuelo causó la detención del ciudadano uruguayo Sebastián Enrique Marset Cabrera en la madrugada del 13 de marzo de 2026, durante un megaoperativo realizado por la Policía Boliviana en Santa Cruz de la Sierra. Todo transcurrió como en una película: no se registró un solo disparo, ni heridos ni fallecidos. La noticia se regó como pólvora y fue destacada por los principales medios de comunicación a nivel mundial, así como por altos funcionarios de Paraguay y Estados Unidos, quienes expresaron públicamente su felicitación al Gobierno boliviano. No era para menos: se trataba del tercer narcotraficante más buscado por la Administración de Control de Drogas de EE.UU. (DEA), y Bolivia ganó con esta acción un importante prestigio internacional.
Según las investigaciones, la red criminal liderada por Marset operaba en Bolivia, Paraguay, Uruguay, Brasil, Bélgica, Holanda y Portugal, moviendo toneladas de cocaína que luego capitalizaba mediante el lavado de dinero a nivel internacional.
El punto más llamativo ocurrió tras su aprehensión: al amparo de la reciente Cumbre “Escudo de las Américas”, en la que participó el presidente de Bolivia, Rodrigo Paz, junto a otros mandatarios latinoamericanos a iniciativa de Donald Trump, presidente de Estados Unidos, Marset fue trasladado de inmediato por la DEA ante la justicia de ese país. Esta decisión confirmó el descreimiento existente en nuestro sistema judicial.
De acuerdo con la información brindada por el Gobierno boliviano, Marset fue imputado formalmente por legitimación de ganancias ilícitas, al haber utilizado el sistema bancario estadounidense para lavar millones de dólares obtenidos de la venta de sustancias controladas a distintos países. Llamó poderosamente la atención que, al comparecer ante la Corte de Justicia de EE.UU., Marset decidiera no acogerse a su derecho de guardar silencio ni declararse inocente. La pregunta es obligada: ¿por qué?
Ante un tema tan álgido, recurrí al destacado abogado Joadel Bravo Becerra, jurisconsulto, exfiscal y profundo estudioso del derecho penal, para comprender los motivos de esa decisión y qué lecciones podríamos extraer como país de esta situación.
Bravo explicó que, de comprobarse la imputación formulada por la fiscalía estadounidense, Marset podría enfrentar cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional, lo que prácticamente implicaría morir en prisión. “Pero si coadyuva con las autoridades de EE.UU., podría reducir su pena a unos 20 años de cárcel. Entonces, como el 10 de abril cumplirá 35 años, tendría la posibilidad de arrepentirse de sus actos y rehacer su vida a los 55”, señaló.
Puso como ejemplo el caso de Carlos Lehder Rivas, miembro del Cartel de Medellín y uno de los capos más importantes del narcotráfico en los años 80. Condenado en EE.UU. a 135 años de prisión más cadena perpetua, Lehder decidió colaborar con la DEA para derrocar al dictador de Panamá, Manuel Noriega. Gracias a ello, logró reducir su pena a 55 años, ingresar al Programa de Protección de Testigos y recuperar su libertad.
Para el abogado Bravo, la principal herramienta jurídica utilizada por Estados Unidos para lograr la cooperación de narcotraficantes es la Ley de Designación de Cabecillas Extranjeros del Narcotráfico (Foreign Narcotics Kingpin Designation Act), conocida como Ley Kingpin. Esta norma incentiva los acuerdos de colaboración con los fiscales, ofreciendo al narcotraficante una pena reducida, protección, visa para residir en EE.UU. junto a su familia y la eliminación de cargos graves a cambio de información de inteligencia, testimonios y plena cooperación. La ley, promulgada en 1999, permite al Gobierno estadounidense bloquear activos y prohibir transacciones comerciales con estos criminales, presionándolos a colaborar y convirtiéndolos en testigos clave para desmantelar estructuras criminales que de otra forma serían casi imposibles de desarticular.
De ahí que, según el experto penalista, la “lección aprendida” de lo que está ocurriendo sea clara: dado el grave problema que enfrenta Bolivia con el narcotráfico —ligado al tráfico de armas, el lavado de dinero y la trata de personas—, resulta indispensable contar con una ley similar que permita al sistema judicial nacional negociar penas con los autores de delitos graves, bajo estrictas medidas de protección, con el objetivo de encarcelar al mayor número posible de delincuentes y destruir las organizaciones criminales asentadas en el país.
Si hasta antes de la captura de Marset y su entrega a la DEA Bolivia era vista como un “paraíso para el crimen”, al contar con mecanismos jurídicos como el mencionado —además del pinchado telefónico autorizado que permitiría llegar a los verdaderos cabecillas—, nuestros legisladores deberían dejar de llenar las cárceles de mulas, tragones, choferes, maleteros y serenos para comenzar a golpear las cabezas de las organizaciones. En ese sentido, sería muy conveniente que consideren seriamente la opinión de juristas como Bravo y aprueben con la urgencia que el caso amerita una Ley de Negociación de Penas.
Como ya existe un proyecto de ley al respecto, sería altamente recomendable tratar el tema con prioridad y aprobarlo cuanto antes.
Gary Antonio Rodríguez Álvarez es Economista y Magíster en Comercio Internacional.
La opinión expresada en este artículo es de exclusiva responsabilidad del autor y no representa una posición oficial de Enfoque News.










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