
El Gobierno promulgó el miércoles 18 de febrero un decreto que regula la generación eléctrica de hasta 6 megavatios (MW) y crea nuevas condiciones para ampliar las energías renovables en el país. La norma introduce la categoría de Generación Distribuida de Media Escala y flexibiliza requisitos para atraer inversión privada.
Según el texto oficial, la medida apunta a diversificar la matriz energética. Además, busca agilizar proyectos y consolidar la electricidad como recurso estratégico para el desarrollo nacional.
Nueva categoría para proyectos de hasta 6 MW
La principal innovación es la creación de la Generación Distribuida de Media Escala. Esta categoría incluye instalaciones con potencia entre 1 MW y 6 MW.
Estas centrales operarán conectadas a las redes de distribución. En concreto, funcionarán bajo la figura de “central generadora sumergida”, por lo que no inyectarán energía directamente al Sistema Troncal de Interconexión.
Exención de licencia y límites operativos
El decreto establece que estos proyectos no requerirán licencia ni concesión de generación. Sin embargo, la exención rige solo si la energía se destina exclusivamente a redes de distribución.
Asimismo, las plantas no podrán participar en el despacho económico del Sistema Interconectado Nacional (SIN). De este modo, el Ejecutivo pretende reducir barreras administrativas y acelerar nuevas inversiones en el sector eléctrico.
Más incentivos para la generación distribuida renovable
Por otro lado, la norma fortalece la figura del generador distribuido. En adelante, los consumidores regulados podrán instalar sistemas renovables, como paneles solares, para cubrir su propio consumo.
Si producen más energía de la que utilizan, entonces podrán inyectar el excedente a la red pública. Así, el esquema fomenta el autoconsumo y promueve la adopción de tecnologías limpias.
Medición neta y compensación económica
En estos casos se aplicará un sistema de medición neta. Es decir, la retribución se calculará según el balance entre la energía consumida y la entregada a la red.
Por consiguiente, el mecanismo crea un incentivo económico directo para quienes inviertan en generación renovable, tal como establece el decreto.
Energía limpia para estaciones de recarga
Además, la normativa autoriza instalar sistemas de generación distribuida en estaciones de recarga de vehículos eléctricos. Con ello, vincula la producción de energía renovable con el crecimiento de la electromovilidad.
Al mismo tiempo, introduce el concepto de “inyección y retiro remoto”. Gracias a esta figura, será posible inyectar energía en un punto y retirarla en otro dentro del área de operación del distribuidor.
En consecuencia, se amplían las opciones para empresas e instituciones que gestionan múltiples instalaciones eléctricas.
Regulación técnica y precio de energía estabilizado
Para garantizar la seguridad y estabilidad del sistema eléctrico, los generadores deberán contratar empresas especializadas registradas ante la Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear. Además, asumirán los costos de adecuación para la conexión.
De igual forma, deberán suscribir contratos de inyección con las distribuidoras locales. Así, el decreto fija responsabilidades claras para los nuevos actores del mercado.
Por su parte, la Autoridad definirá un “precio de energía estabilizado”. Este valor establecerá la compensación económica para los generadores de media escala, bajo criterios de eficiencia y sostenibilidad.
Finalmente, la norma otorga 30 días hábiles a la Autoridad y al Comité Nacional de Despacho de Carga para emitir la reglamentación técnica y económica correspondiente. Con este marco, el Estado abre paso a proyectos eléctricos de hasta 6 MW y refuerza el impulso a las energías renovables.










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