El Gobierno boliviano abrió, de forma experimental, la importación de petróleo al sector privado, público y mixto mediante el Decreto Supremo 5603. La medida permite ingresar hasta 7.500 barriles de crudo para desarrollar pruebas piloto orientadas al procesamiento de combustibles.
La normativa, vigente desde su publicación, busca impulsar la adopción de nuevas tecnologías en un contexto marcado por la caída de la producción en campos nacionales. Según el Ejecutivo, el objetivo es fortalecer la producción de gasolina y diésel en medio de la actual emergencia energética.
Nuevo marco: importación de petróleo con fines experimentales
El Decreto Supremo (DS) 5603 autoriza de manera excepcional a personas jurídicas legalmente constituidas en Bolivia a importar petróleo crudo. De acuerdo con el artículo 1, la finalidad es ejecutar pruebas piloto de desarrollo experimental y fomentar iniciativas tecnológicas para el procesamiento del hidrocarburo.
La norma establece un límite máximo de 7.500 barriles destinados exclusivamente a estos ensayos. Además, el inciso a) del artículo 6 prohíbe expresamente la exportación del petróleo importado bajo cualquier circunstancia.
Rol de YPFB y la ANH en el control del proceso
La implementación del decreto asigna funciones clave a entidades estatales. Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) será responsable de firmar los acuerdos de importación con fines experimentales.
Por su parte, la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) definirá los volúmenes autorizados. También evaluará variables técnicas como el tipo de proceso, la calidad del crudo, la duración de las pruebas y los productos obtenidos, según detalla la normativa.
Producción de combustibles: prioridad en las pruebas
El enfoque central de esta fase experimental es optimizar el procesamiento del petróleo para generar carburantes. El Gobierno prioriza la producción de gasolina y diésel, insumos clave para el mercado interno.
El artículo 8 del decreto señala que los productos obtenidos en estas pruebas podrán destinarse al consumo propio, siempre que cumplan con las especificaciones de calidad vigentes.
Cambio en la política hidrocarburífera
Hasta ahora, el marco legal restringía la importación de crudo a YPFB y a refinerías estatales. El Decreto Supremo 5548 establecía ese esquema exclusivo para la producción de combustibles destinados al mercado interno.
La nueva disposición representa un giro en la política hidrocarburífera al permitir la participación de actores no estatales en la importación y procesamiento de petróleo.
Contexto: emergencia energética y apertura al sector privado
La medida se inscribe en un escenario de emergencia energética y social. Desde enero, el Gobierno ya había autorizado a privados, mediante el DS 5517, la importación y comercialización de gasolina y diésel.
Con el DS 5603, se amplía ese alcance al permitir la importación directa de petróleo para pruebas tecnológicas. Según el Ejecutivo, esta apertura busca responder a la declinación de la producción nacional y diversificar las capacidades de refinación en el país.





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