
El Gobierno nacional confirmó la plena vigencia del Decreto Supremo (DS) 5515, que habilita al presidente Rodrigo Paz a ejercer funciones desde el exterior. La ratificación se produjo luego de que la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de El Alto rechazara una acción popular presentada contra la norma.
La decisión judicial, conocida esta semana, cerró los cuestionamientos legales al decreto. Según el Ejecutivo, el fallo despeja dudas sobre su constitucionalidad y respalda los procesos de digitalización del Estado.
Fallo constitucional respalda el DS 5515
El viceministro de Transparencia, Yamil García, sostuvo que la resolución del tribunal zanja un debate que trascendió lo jurídico. En entrevista con el programa El Mañanero, afirmó que las observaciones al DS 5515 tenían un trasfondo político.
“La sala constitucional ha sido clara y definitiva”, señaló la autoridad. De acuerdo con García, el fallo establece que el decreto no vulnera derechos ni procedimientos previstos en la Constitución.
Rechazo reiterado a acciones similares
García recordó que no es la primera vez que la justicia se pronuncia sobre este tema. Indicó que instancias judiciales ya rechazaron cuestionamientos contra los decretos supremos 5515 y 5503.
La autoridad cuestionó la presentación de acciones en distintas jurisdicciones. “No se puede ir tocando una y otra puerta constitucional buscando resoluciones dispares”, advirtió.
Firma digital y ejercicio del poder desde el exterior
Uno de los ejes del debate fue la validez de los actos presidenciales firmados fuera del país. El viceministro explicó que el decreto se apoya en normativa vigente sobre firma digital.
Aclaró que este mecanismo no equivale a una firma escaneada. Según detalló, se trata de un procedimiento encriptado que garantiza la autenticidad de los documentos oficiales.
Uso habitual en la administración pública
García precisó que la firma digital ya se emplea de forma regular en la administración pública y en el sistema judicial. En ese marco, afirmó que no existe un vacío legal en la aplicación del DS 5515.
El tribunal, según la autoridad, coincidió con ese criterio al descartar una vulneración al principio de presencialidad del mandatario.
Gobierno descarta motivaciones jurídicas en la demanda
El viceministro también se refirió a las motivaciones del accionante que impulsó la acción popular. A su criterio, no respondían a fundamentos jurídicos sólidos.
“Cuando una acción tutelar ya ha sido denegada, no corresponde insistir con los mismos argumentos”, afirmó a red Uno. Reiteró que el decreto goza de presunción de constitucionalidad.
DS 5515 se mantiene plenamente vigente
Tras el fallo de la Sala Constitucional Tercera, el Ejecutivo aseguró que el DS 5515 continúa en plena vigencia. Con ello, el presidente Rodrigo Paz puede ejercer sus funciones desde el exterior.
El Gobierno enmarcó esta medida en los avances de digitalización del Estado. Según sus autoridades, el decreto se ajusta al ordenamiento jurídico y a las prácticas administrativas actuales.








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