El vicepresidente Edmand Lara presentó una acción de inconstitucionalidad contra el Decreto Supremo 5552 ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) en La Paz. La autoridad cuestiona la norma que reestructura la Vicepresidencia y traslada la mayoría de sus unidades al Ministerio de la Presidencia.
Con este recurso, Lara busca que el TCP analice la constitucionalidad del decreto y, además, precise el alcance de la autonomía administrativa de la Vicepresidencia. Según fuentes del tribunal, el trámite seguirá el procedimiento regular antes de su eventual admisión.
Alcance del Decreto Supremo 5552
El Decreto Supremo 5552 modifica el Decreto 4857 de Organización del Órgano Ejecutivo. En consecuencia, redefine la estructura interna de la Vicepresidencia.
La norma transfiere direcciones, personal y presupuesto a varios ministerios. Asimismo, dispone el traslado de activos, pasivos, contratos y procesos administrativos y judiciales. La mayor parte de estas competencias pasa al Ministerio de la Presidencia.
Unidades que permanecen bajo tuición directa
De acuerdo con el decreto, solo dos unidades continúan bajo dependencia directa de la Vicepresidencia. Estas áreas se encargan del apoyo legislativo y del asesoramiento jurídico.
En cambio, el resto de funciones queda bajo control de otras carteras del Ejecutivo. Por tanto, la capacidad operativa de la Vicepresidencia se reduce de forma significativa.
Argumentos de Lara contra la norma
Lara ya había anticipado que asumiría acciones constitucionales. Ahora, con la presentación formal del recurso, activa el control de constitucionalidad sobre el decreto.
Si bien no ofreció detalles técnicos tras acudir al TCP, anteriormente cuestionó el alcance de la medida. “Es un decreto completamente inconstitucional (…). Yo no puedo contratar a nadie, no puedo firmar ningún memorándum, no puedo disponer de nada. Prácticamente soy un empleado de José Luis Lupo (ministro de la Presidencia)”, afirmó.
Según su postura, la disposición vulnera la autonomía administrativa de la Vicepresidencia. En ese sentido, sostiene que la concentración de decisiones en el Ministerio de la Presidencia altera el diseño institucional previsto en la Constitución.
Procedimiento y análisis en el TCP
Tras la presentación, el recurso debe superar un examen de forma. Primero, el tribunal verificará el cumplimiento de los requisitos procesales.
Luego, si corresponde, el expediente será remitido a Sucre para su ingreso a la Comisión de Admisión. Finalmente, esa instancia definirá si abre el proceso constitucional.
De este modo, el TCP determinará si el Decreto Supremo 5552 se ajusta o no a la Constitución Política del Estado. Su decisión, por tanto, marcará el alcance real de la reestructuración de la Vicepresidencia.







Sé el primero en dejar un comentario