
En el marco de la inédita segunda vuelta electoral convocada para el 19 de octubre, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) dio a conocer seis prohibiciones específicas que regirán antes, durante y después de la jornada de votación. Las restricciones, detalladas en la Resolución TSE-RSP-ADM N° 422/2025, buscan garantizar el normal desarrollo de los comicios.
La vocal del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Chuquisaca, Ximena Camacho, confirmó las disposiciones y enfatizó que están respaldadas por la Ley del Órgano Electoral (Ley 018) y la Ley del Régimen Electoral. Estas normas facultan al ente electoral a asumir el control de la fuerza pública para su cumplimiento.
Contexto de las restricciones electorales
Las prohibiciones tienen por finalidad prevenir alteraciones en el proceso democrático, en un momento histórico para el país. Camacho explicó que estas normas vigilarán el día de la votación y las jornadas adyacentes, con énfasis en la seguridad ciudadana. Fuentes oficiales confirman que cualquier incumplimiento será sancionado conforme a la normativa vigente.
Las seis prohibiciones del TSE
1. Prohibición de propaganda electoral
Desde las 00:00 del jueves 16 de octubre hasta las 18:00 del domingo 19, queda vedada cualquier manifestación de apoyo o rechazo a candidaturas. Esta medida evita influencias externas durante el cierre de campaña.
2. Restricción en el consumo de bebidas alcohólicas
Entre las 00:00 del viernes 17 y las 12:00 del lunes 20 de octubre, se prohíbe la venta y consumo de alcohol en domicilios, tiendas, restaurantes y otros establecimientos. La norma abarca espacios públicos y privados para mantener la sobriedad en el proceso.
3. Prohibición de portar armas
El 19 de octubre, durante toda la jornada electoral, no se permite llevar armas de fuego, blancas o cualquier objeto peligroso. Excepciones aplican a Fuerzas Armadas y Policía, responsables del resguardo del orden público.
4. Suspensión de reuniones y espectáculos públicos
Del 19 de octubre, de 00:00 a 24:00, se suspenden actos públicos, reuniones o espectáculos de cualquier tipo. Esta restricción previene concentraciones que puedan afectar la votación.
5. Prohibición de traslado de electores
Durante el día de elecciones, está prohibido mover votantes entre recintos electorales por cualquier medio de transporte. Casos detectados se remitirán al Ministerio Público, según el artículo 238, inciso i) de la Ley 026.
6. Restricción vehicular
Se limita la circulación de vehículos motorizados —particulares, oficiales o de transporte público— el 19 de octubre. Solo transitarán aquellos con autorización del Órgano Electoral, más exenciones para fuerzas de seguridad, ambulancias, emergencias y prensa.
Llamado a la responsabilidad ciudadana
Camacho exhortó a la población a acatar estas disposiciones y participar de forma responsable en la segunda vuelta. «Contribuyamos al fortalecimiento de la democracia en Bolivia», concluyó la vocal en su declaración a la prensa.








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