
El Gobierno dispuso la intervención de YPFB por hasta 180 días para enfrentar deficiencias en la importación y distribución de carburantes y fortalecer la cadena logística de abastecimiento.
La medida fue aprobada mediante el Decreto Supremo 5697, promulgado el 1 de septiembre, que establece una Comisión de Intervención Estatal Extraordinaria para supervisar la gestión de la petrolera estatal.
El periodo podrá ampliarse excepcionalmente una vez, por hasta 90 días, mediante resolución del Ministro de Hidrocarburos si persisten las causas que originaron la intervención. La medida también podrá concluir antes del plazo previsto si esas condiciones son superadas.
La norma identifica deficiencias en los procesos logísticos de importación y distribución de carburantes que generan riesgos para el interés público y la seguridad energética. La intervención no supone la eliminación de YPFB ni modifica su naturaleza jurídica o estructura institucional.
Control y auditorías
La comisión estará integrada por ministros o representantes de Economía, Producción, Hidrocarburos y Obras Públicas, además del Viceministro de Transparencia.
Sus tareas se concentrarán en la comercialización, logística y trazabilidad de combustibles. También podrá recomendar auditorías destinadas a identificar posibles redes de contrabando, desvío, acopio y otras irregularidades.
El organismo podrá revisar la importación, adquisición, almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de combustibles, además de formular recomendaciones para corregir deficiencias administrativas, técnicas, financieras, operativas y logísticas.
La comisión también podrá evaluar operaciones que hayan afectado el abastecimiento, la seguridad energética o los recursos estatales, así como el cumplimiento de funciones de autoridades, ejecutivos y trabajadores de YPFB.
Responsabilidades
El decreto faculta a la comisión a recomendar la incorporación de especialistas, consultores y peritos, solicitar apoyo de entidades estatales y plantear la remoción de personal.
El presidente y el personal de YPFB deberán proporcionar la información requerida dentro de los plazos establecidos. El incumplimiento podrá generar responsabilidades administrativas y/o penales.
Las auditorías podrán ser técnico-legales, financieras, administrativas, operativas y logísticas. Si detectan posibles responsabilidades, la comisión deberá elaborar informes con los hechos, involucrados, documentación y acciones recomendadas.
Los resultados podrán remitirse a la Contraloría General del Estado, el Ministerio Público, la Procuraduría General del Estado y otras autoridades competentes.
La intervención no implicará recursos adicionales del Tesoro General de la Nación. Los gastos serán cubiertos con los presupuestos institucionales de las entidades que integran la comisión.






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