
La Defensoría del Pueblo formuló tres observaciones a la Ley de Estados de Excepción, promulgada el lunes, al considerar que algunas disposiciones podrían afectar los mecanismos de control institucional y la protección de los derechos humanos. El pronunciamiento cobra relevancia por el alcance de la norma en situaciones de emergencia.
El defensor del Pueblo, Pedro Callisaya, quien advirtió que cualquier restricción de derechos debe aplicarse con criterios limitados para evitar posibles excesos.
Una de las observaciones se refiere al artículo que permite mantener vigente un estado de excepción después de las 72 horas previstas para el control legislativo, mientras la Asamblea Legislativa no emita una decisión. Según declaró Callisaya a radio Erbol, esta disposición reduce la capacidad de fiscalización del Órgano Legislativo.
El defensor también cuestionó la presunción de legalidad establecida para las actuaciones de policías y militares durante la vigencia de un estado de excepción. De acuerdo con sus declaraciones, esta previsión podría trasladar la carga de la prueba a las presuntas víctimas y desincentivar denuncias por vulneraciones de derechos.
Además, señaló que la ley no incluye de manera expresa a la Defensoría del Pueblo como instancia encargada de vigilar el respeto a los derechos humanos durante estos regímenes excepcionales.
Observaciones sobre derechos humanos y control institucional
Aunque aclaró que la entidad continuará ejerciendo esa función por mandato constitucional, Callisaya consideró que la omisión transmite una señal preocupante respecto a las garantías de la ciudadanía.
“Cualquier limitación a derechos debe tener una mirada restrictiva, porque si no, de lo contrario, puede haber desbordes”, afirmó el defensor del Pueblo durante la entrevista.
Alcances de la nueva Ley de Estados de Excepción
El presidente Rodrigo Paz promulgó este lunes la Ley 1740 de Regulación de los Estados de Excepción. Según informó el mandatario, su gobierno actuará con firmeza frente a grupos violentos y vinculados al narcotráfico.
La norma, aprobada por la Asamblea Legislativa, establece las condiciones para declarar estados de excepción ante amenazas a la seguridad interna, externa o por desastres naturales. También permite la participación de las Fuerzas Armadas cuando la Policía sea rebasada y fija una vigencia de hasta 90 días, prorrogable con autorización legislativa.








Sé el primero en dejar un comentario