
El presidente Rodrigo Paz Pereira promulgó el Decreto Supremo N° 5617, que habilita de forma excepcional a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) a comprar combustibles en el mercado spot internacional. La medida apunta a asegurar el abastecimiento interno mediante adquisiciones inmediatas y de corto plazo.
Según el texto oficial, la norma responde a la necesidad de garantizar la continuidad del suministro en el país, en un contexto donde las condiciones de oferta, demanda y disponibilidad internacional exigen respuestas ágiles.
Compras en mercado spot: clave para el abastecimiento
El decreto define las operaciones en mercado spot como compras inmediatas de hidrocarburos a precio vigente, con entrega en el corto plazo. Este mecanismo permitirá a YPFB reaccionar con rapidez ante variaciones del mercado internacional.
El artículo 1 establece que la estatal petrolera queda autorizada, de manera excepcional, a adquirir combustibles bajo esta modalidad. La decisión se sustenta en criterios técnicos, económicos y de disponibilidad global, según detalla el documento.
Contrataciones directas sin aval del Directorio
La norma también habilita a YPFB a realizar contrataciones directas en el extranjero sin requerir la autorización de su Directorio. Esta disposición busca acelerar los procesos de compra cuando las condiciones del mercado lo demanden.
De acuerdo con el artículo 2, estas contrataciones podrán ejecutarse cuando factores como la oferta, la demanda o la oportunidad lo justifiquen, siempre bajo estrictos estándares de calidad.
El decreto introduce además una simplificación administrativa: la carta de aceptación de oferta tendrá validez como contrato para efectos de control y fiscalización, lo que reduce tiempos en la formalización de las adquisiciones.
Control de calidad: requisito obligatorio
La norma enfatiza que todos los combustibles adquiridos deberán cumplir parámetros técnicos estrictos. YPFB será responsable de garantizar la calidad del producto importado.
Para ello, se establece la implementación de laboratorios acreditados y análisis por lotes, con el fin de verificar que los hidrocarburos cumplan con los estándares exigidos antes de su comercialización en el mercado interno.
El decreto también autoriza contrataciones directas para la compra de equipos de laboratorio y servicios vinculados al control de calidad. Asimismo, incluye la adquisición de bienes destinados a programas de conversión a Gas Natural Vehicular (GNV).
Regulación y condiciones para proveedores
El Ministerio de Hidrocarburos y Energías deberá reglamentar la aplicación del decreto en un plazo de 10 días hábiles. Esta reglamentación definirá los procedimientos operativos y técnicos para implementar la norma.
Finalmente, el decreto establece que los proveedores extranjeros no estarán obligados a presentar solvencia fiscal ni registro estatal para participar en estas operaciones, lo que amplía el universo de oferentes en el mercado internacional.







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