
El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) aprobó una resolución que reglamenta los artículos 27, 28 y 30 del Decreto Supremo 5503, estableciendo incentivos tributarios orientados a reactivar la economía, fortalecer la producción nacional, fomentar la inversión privada y generar empleo formal en Bolivia.
La normativa, vigente desde su publicación, introduce tres beneficios concretos para contribuyentes directos del Régimen Complementario al IVA (RC-IVA), como profesionales independientes, consultores y trabajadores dependientes.
Crédito fiscal por consumo de productos nacionales
El primer incentivo busca promover el consumo de productos bolivianos a través de la leyenda “Hecho en Bolivia”. Los contribuyentes podrán acceder a un crédito fiscal adicional del 20% al presentar facturas que incluyan esta marca, elevando el crédito fiscal efectivo del 13% al 15,6%.
Para acceder a este beneficio, los proveedores deberán gestionar ante el SIN la autorización correspondiente, acreditando que toda su producción es de origen nacional. La autorización podrá tramitarse hasta el 31 de diciembre de 2027.
En facturación en línea, la homologación se realizará en el sistema del SIN; mientras que en modalidades manual y prevalorada, se emitirá un código específico para estas facturas, que tendrán una vigencia de 120 días desde su emisión.
Depreciación acelerada de activos fijos
El segundo incentivo permite a las empresas aplicar depreciación acelerada en la adquisición de nuevos activos fijos, como maquinaria o equipos de computación, durante el 2026.
Las empresas podrán reducir a la mitad la vida útil de estos bienes, aplicando hasta un 50% de depreciación, lo que aumenta el gasto deducible en el pago del Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE). El beneficio requiere declarar los activos mediante el Formulario 605 y reflejarlos en los estados financieros como notas aclaratorias.
Este incentivo no aplica a empresas mineras ni hidrocarburíferas.
Beneficio por generación de empleo formal
El tercer incentivo está dirigido a fomentar la contratación de personal formal. Las empresas que realicen nuevas contrataciones entre el 17 de diciembre de 2025 y el 31 de marzo de 2026, y estén registradas en el Ministerio de Trabajo, podrán acreditar el 50% de los aportes patronales como pago a cuenta del IVA.
Los aportes incluyen seguro social de corto plazo, Pro-Vivienda y Riesgo Profesional, aplicables solo a sueldos iguales o menores a cuatro salarios mínimos nacionales, sin generar saldos acumulables ni trasladables a periodos fiscales posteriores.
Avances en la reglamentación tributaria
El SIN informó que continúa trabajando en la reglamentación de otros artículos del Decreto Supremo 5503, dentro de los plazos establecidos, con el objetivo de consolidar un marco normativo que impulse la actividad económica formal y la producción nacional.






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