Justicia rechaza acción por balotaje en La Paz y respalda al TSE por segunda vez

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segundo fallo que favorece al TSE

La Sala Constitucional Segunda de La Paz rechazó este viernes una Acción Popular que buscaba habilitar una segunda vuelta electoral para la Gobernación paceña. La decisión ratifica la postura del Tribunal Supremo Electoral (TSE), que suspendió el balotaje tras la declinatoria de Nueva Generación Patriótica (NGP) que postulaba a René Yahuasi.

El recurso fue impulsado por el abogado Yaco Conde, quien argumentó que la suspensión vulneraba el derecho de la ciudadanía a elegir. Sin embargo, los vocales concluyeron que la vía constitucional presentada no correspondía al tipo de derecho invocado.

Sala Constitucional respalda decisión del TSE

La resolución consolida un segundo fallo consecutivo de la Sala Constitucional a favor del Tribunal Supremo Electoral. En ambos casos, los magistrados avalaron la legalidad de la suspensión de la segunda vuelta.

Según el criterio del tribunal, el TSE actuó dentro del marco normativo vigente. Este argumento ya había sido establecido en una acción de amparo anterior promovido por René Yahuasi, lo que sentó un precedente que la Sala decidió mantener.

En ese fallo previo, la Sala determinó que no existía vulneración de derechos colectivos. Por ello, consideró improcedente revisar el mismo asunto mediante una nueva acción constitucional.

Los vocales señalaron que no corresponde reabrir el análisis de fondo cuando ya existe un criterio consolidado sobre el mismo hecho.

Argumentos de la Acción Popular

El accionante, conocido como el “abogado barrendero”, sostuvo que la suspensión del balotaje afectaba el derecho ciudadano a elegir autoridades. Bajo esa premisa, presentó una Acción Popular buscando revertir la medida.

No obstante, la Sala explicó que este tipo de recurso está diseñado para proteger derechos colectivos, no derechos individuales. En este caso, concluyó que la demanda no encajaba en la naturaleza jurídica requerida.

Decisión: rechazo sin análisis de fondo

Con base en estos argumentos, los vocales decidieron no ingresar al análisis de fondo del caso. En consecuencia, denegaron la tutela solicitada por el accionante.

La resolución reafirma que la vía constitucional utilizada no era la adecuada para cuestionar la decisión electoral.

Reacción del accionante

Tras conocer el fallo, Yaco Conde reaccionó con molestia durante la audiencia virtual. El abogado solicitó, en la vía de complementación, que los vocales admitan que se habrían “bajado los pantalones ante el poder”.

Sus declaraciones reflejan el desacuerdo con una decisión que, por segunda vez, valida la actuación del Tribunal Supremo Electoral en este proceso.

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