El Gobierno promulgó el Decreto Supremo N° 5552 el 20 de febrero, mediante el cual reestructura la Vicepresidencia para equiparar su estructura de apoyo con la de la Presidencia. Con esta medida, el Órgano Ejecutivo redefine su organización administrativa y establece nuevos mecanismos técnicos, jurídicos y financieros.
La norma, firmada por el presidente Rodrigo Paz Pereira y su gabinete, determina que la Vicepresidencia recibirá soporte a través de unidades dependientes del Ministerio de la Presidencia. Según el documento oficial, el objetivo es adecuar su estructura a la naturaleza de sus funciones como autoridad electa.
Alcances del Decreto Supremo 5552
En primer lugar, el decreto establece una nueva estructura de apoyo compuesta por seis unidades especializadas. Entre ellas se encuentran el Archivo Histórico Legislativo y la Unidad de Asesoramiento Jurídico y Legislativo, que brindarán respaldo técnico y normativo.
Además, la norma aclara que la Vicepresidencia no contará con representaciones regionales, departamentales ni municipales. De este modo, el apoyo institucional quedará centralizado en el nivel central del Estado.
Reorganización presupuestaria para 2026
En el ámbito financiero, el Decreto Supremo 5552 dispone que todos los recursos presupuestarios aprobados para la gestión 2026 de la Vicepresidencia sean transferidos a distintos ministerios en un plazo de cinco días hábiles.
Asimismo, el Ministerio de Economía está facultado para realizar los ajustes contables necesarios. Sin embargo, el texto precisa que estas modificaciones no implicarán costos adicionales para el Tesoro General de la Nación.
Cambios en Desarrollo Productivo y el CIS
Por otra parte, la reforma también modifica competencias del Ministerio de Desarrollo Productivo, Rural y Agua. A partir de ahora, esta cartera asumirá la administración del Centro de Investigaciones Sociocomunitarias CIS.
En consecuencia, deberá diseñar y ejecutar investigaciones sociocomunitarias como parte de sus nuevas atribuciones. Así, el decreto amplía formalmente sus responsabilidades institucionales.
Control institucional y plazo de transición
Finalmente, para garantizar el control interno, la Unidad de Auditoría Interna y la de Transparencia del Ministerio de la Presidencia supervisarán todas las operaciones de la Vicepresidencia.
De igual manera, se establece un plazo máximo de treinta días hábiles para completar el traspaso de activos, pasivos y documentación. Con este periodo de transición, el Ejecutivo busca asegurar una implementación ordenada de la reestructuración.
En síntesis, el Decreto Supremo 5552 redefine la estructura de la Vicepresidencia con el propósito de equiparar su apoyo institucional al de la Presidencia del Estado, en función de su investidura y competencias como autoridades electas.




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