DW.- El Gobierno de Estados Unidos anunció la autorización temporal de algunas transacciones de cuatro firmas estadounidenses con la empresa estatal Petróleos de Venezuela (PDVSA) que estaban prohibidas desde noviembre de 2018, a la vez que mantuvo en vigor restricciones a la producción o comercialización de hidrocarburos del país suramericano.
La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), una dependencia del Departamento del Tesoro, autorizó hasta el 19 de noviembre ciertas transacciones de las empresas Halliburton, Schlumberger Limited, Baker Hughes Holdings, y Weatherford International.
Desde 2017 Washington ha aplicado sanciones contra Venezuela como prohibir el acceso al sistema financiero estadounidense, la congelación de cuentas bancarias y otros activos del régimen de Nicolás Maduro, y el bloqueo de las importaciones de hidrocarburos de PDVSA.
Operaciones esenciales
Las transacciones y actividades autorizadas en el anuncio incluyen las necesarias para “el mantenimiento limitado de operaciones esenciales en Venezuela, o la terminación gradual de operaciones en Venezuela” y para “garantizar la seguridad del personal o la integridad de las operaciones y activos en Venezuela”, indicó un comunicado de la OFAC.
Asimismo, están autorizadas “la participación en las reuniones de accionistas y de las juntas directivas, el pago de facturas de terceras partes por transacciones y actividades autorizadas, los pagos de impuestos locales y los pagos de salarios a empleados y contratistas en Venezuela”.
El comunicado advirtió que esta decisión no autoriza “la perforación, elevación o procesamiento, compra o venta, transporte o embarque de cualquier petróleo o producto de petróleo de origen venezolano”.
Se mantiene la veda de la participación en el diseño, la construcción, instalación, reparación o mejorías “de cualquier pozo u otras instalaciones o infraestructura en Venezuela, o la compra o provisión de cualesquiera bienes o servicios excepto los requeridos para la seguridad”.
OFAC aclaró que la autorización no incluye “transacción alguna relacionada con la exportación o reexportación a Venezuela de diluyentes, directa o indirectamente”.