
El presidente del Tribunal Supremo de Justicia, Romer Saucedo, confirmó este jueves que el ministro de Justicia, Freddy Vidovic, tiene una sentencia condenatoria de 2015 «debidamente ejecutoriada» que no fue registrada en el sistema de antecedentes penales de Bolivia debido a la «omisión» de un juez.
La declaración del magistrado se produce luego de que el ministro de Gobierno, Marco Antonio Oviedo, anunciara la noche del miércoles que informaría al presidente Rodrigo Paz sobre esta situación, señalando que, en su criterio, Vidovic no podría ejercer funciones públicas con una sentencia de este tipo.
Una sentencia confirmada pero no registrada
En una entrevista con Unitel, Saucedo detalló que en 2015, Freddy Vidovic fue sometido a un procedimiento abreviado que resultó en una sentencia condenatoria de tres años. Tras revisar los actuados procesales, el TSJ constató que la sentencia se encuentra «debidamente ejecutoriada».
«Lo que sucedió fue una omisión del juez de aquel entonces, de no remitir al juzgado de ejecución penal y el no remitir los elementos administrativos para que se haga el registro de los antecedentes penales que tenemos en Bolivia», explicó el presidente del máximo órgano judicial.
La defensa del ministro de Justicia
Frente a las revelaciones, el ministro Vidovic respondió a través de sus redes sociales, afirmando que existen «presiones para que renuncie al cargo». Aseguró que la sentencia en su contra «está viciada de nulidad» y que fue dictada en un «proceso ilegal y sin garantías».
En un comunicado, Vidovic citó el artículo 234 de la Constitución, que establece que no se puede impedir el ejercicio de la función pública por tener una sentencia condenatoria ejecutoriada pendiente de cumplimiento. Además, argumentó que, de acuerdo al Código de Procedimiento Penal, después de 8 años de dictada una sentencia con suspensión condicional de la pena, se puede solicitar la cancelación de antecedentes, y en su caso han transcurrido más de 10.
¿Puede Vidovic continuar en el cargo?
Consultado sobre si el ministro puede seguir ejerciendo el cargo, el presidente del TSJ fue enfático en remarcar que esa «es una facultad exclusiva» del presidente Rodrigo Paz, sobre la cual no puede opinar.
Respecto al argumento de la prescripción presentado por Vidovic, Saucedo aclaró que «habría que revisar si se han cumplido los requisitos que se le impuso» durante el plazo de la suspensión condicional de la pena para poder dar por concluido el proceso.



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