

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) remitió el jueves 9 de octubre a la Asamblea Legislativa Plurinacional una ley de régimen excepcional y transitorio para regular las Elecciones Subnacionales de 2026. Esta norma busca garantizar la realización del proceso electoral en departamentos y autonomías indígenas sin estatutos autonómicos vigentes, adaptando criterios de elecciones previas para evitar demoras.
El documento establece procedimientos y plazos específicos para la elección de autoridades departamentales, regionales y municipales, respondiendo a la necesidad de un marco legal temporal ante la falta de normativas actualizadas en varias regiones del país.
Contenido clave de la ley transitoria
La ley, titulada «Ley de Régimen Excepcional y Transitorio para la Realización de Elección de Autoridades Políticas Departamentales, Regionales y Municipales (Elecciones Subnacionales 2026)», tiene como objeto principal establecer disposiciones excepcionales para el proceso de 2026.
Según su artículo 1, se crea un régimen temporal que asegura la viabilidad de las elecciones en todo el territorio nacional. Esto incluye medidas para departamentos como La Paz, Chuquisaca, Cochabamba, Oruro y Potosí, que no cuentan con estatutos autonómicos en vigencia.
En estos casos, las asambleas legislativas departamentales se conformarán utilizando los mismos criterios de las elecciones del 7 de marzo de 2021: escaños territoriales, de población y de representación indígena.
Participación indígena y procedimientos especiales
El artículo 2 detalla que los departamentos afectados mantendrán la composición electoral previa para sus asambleas. En el Beni, se incorpora la participación de diversas naciones y pueblos indígenas, quienes elegirán representantes bajo normas y procedimientos propios.
Todo el proceso será supervisado por el Órgano Electoral Plurinacional (OEP), garantizando la inclusión cultural y legal de estos grupos.
Esta disposición busca resolver vacíos normativos sin alterar la estructura plurinacional del Estado boliviano.
Recursos y facultades del OEP
La ley asigna presupuesto específico para el proceso electoral. El artículo 5 instruye al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a destinar recursos necesarios a través del Tesoro General de la Nación (TGN).
Además, las disposiciones finales facultan al OEP para realizar contrataciones directas de bienes y servicios. Estas se regirán por principios de transparencia, paridad y alternancia, optimizando la organización logística.
El envío de la ley al Legislativo marca un paso clave en la preparación de las elecciones subnacionales 2026, con el fin de evitar impases similares a los de gestiones anteriores.
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