Evo Morales no puede participar de las elecciones primarias del Movimiento Al Socialismo y menos ser candidato a la Presidencia del país por decisiones del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), reiteró este domingo el ministro de Justicia, Iván Lima.
“Bajo la interpretación de la sentencia 1010, y en tanto no exista otra sentencia constitucional, el señor Evo Morales no puede ser candidato a la presidencia en el país, eso es el derecho vigente por jurisprudencia y por ley”, remarcó la autoridad citada por radio Erbol.
La autoridad explicó que la sentencia 084 del año 2017, que viabiliza la reelección, queda sin efecto por el control judicial de convencionalidad a partir de la opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
“Por reforma constitucional puede cambiar, pero en este momento el derecho vigente es que Evo Morales no puede ser candidato a un proceso de primarias al interior del Movimiento Al Socialismo porque lo prohíbe la Constitución boliviana, el artículo 168, y el intérprete de la Constitución, que es el Tribunal Constitucional, lo ha establecido así, es la realidad”, enfatizó.
Lima mencionó que por ahora “no hay una sentencia constitucional diferente a la 1010 y todos podemos opinar. Los juristas siempre dice que cuando hay dos abogados hay cuatro opiniones, pero no es un tema que podamos confundir a la población”.