ANF.- El Comité del Ministerio Público y Defensa Legal del Estado de la Cámara de Diputados citó al ministro de Justicia y Transparencia Institucional, Iván Lima, para prestar su declaración como denunciado por el delito de uso indebido de influencias por revelar una sentencia constitucional que supuestamente no se publicó.
El caos está abierto a denuncia de la exdiputada Norma Piérola, contra los magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional: Paul Franco Zamora, Gonzalo Hurtado Zamora, René Espada Navia, Giorgina Amusquivar Moller, Julia Cornejo Gallardo, Petronilo Flores Condori, Carlos Calderón Medrano, Brígida Vargas Barañado y Karen Gallardo Sejas.
La condición de Lima pasó de testigo a denunciado, informó el secretario del comité el diputado Anyelo Céspedes, al explicar que la autoridad del Ejecutivo no se presentó a dos convocatorias que le hizo esta instancia legislativa.
“Hemos sacado ayer la citación contra el señor Iván Manolo Lima en calidad de investigado (…) Por exponer una sentencia que ni el Tribunal Constitucional lo había metido a la plataforma”, sostuvo el legislador.
Precisó que la denuncia es en contra de todos los miembros del TCP, ahora incluido Lima, el diputado cuestionó que la autoridad haya difundido una sentencia constitucional que presuntamente no había sido publicado oficialmente en la plataforma virtual de esa institución.
El 25 de marzo de 2021, Lima informó que el Tribunal Constitucional Plurinacional declaró la inconstitucionalidad del “juicio en rebeldía” o en “ausencia” del acusado. Anunció que todas las sentencias que se dictaron en ausencia de los procesados deberán ir en “revisión extraordinaria” al Tribunal Supremo de Justicia.
“El Tribunal Constitucional Plurinacional ha declarado inconstitucional el juicio en rebeldía, ya no hay más juicio en rebeldía ni en ausencia”, declaró la autoridad ese tiempo en el programa Piedra Papel y Tinta de La Razón.
El titular de Justicia explicó que la demanda de la exlegisladora Norma Piérola fue resuelta en esa semana, en consecuencia “en este país ya no puede haber juicio en ausencia (del acusado), sin estar presente la persona. Puede tener un impacto político, porque la implicación es muy grande”, detalló.
Sin embargo, unos días después el 8 de mayo, el presidente del TCP, Paul Franco, negó que este organismo hubiera declarado inconstitucional los procesos o juicios en rebeldía como había asegurado el ministro de Justicia, Iván Lima.
“En absoluto, no existe nada por parte del Tribunal Constitucional Plurinacional que hubiera determinado algo sobre los juicios en rebeldía. Esa causa sigue en trámite en el TCP, en tanto y en cuanto no se produzca una notificación todas las causas siguen en trámite”, declaró Franco a los medios de comunicación en Sucre.
Sin embargo, juristas en Sucre señalaron que la sentencia fue publicada en el portal del TCP, pero que días después había sido retirada.
La citación del comité al ministro está fijada para el martes 18 de octubre en horas de la mañana. Céspedes insistió que la autoridad del Ejecutivo debe explicar cómo consiguió o por qué medio la sentencia que presuntamente el TCP no había publicado de manera oficial en su plataforma.
Acotó que hipotéticamente si se encuentra alguna responsabilidad Lima sería derivado a la justicia ordinaria, porque no le corresponde un juicio de responsabilidades.