Los 375 postulantes inhabilitados para el proceso de preselección de cara a las elecciones judiciales tienen desde este lunes hasta el viernes para presentar impugnaciones, y de no estar conformes con la respuesta tienen entre el 28 de marzo y el 1 de abril para elevar un recurso de revisión, como última etapa de apelación.
De acuerdo al cronograma, las impugnaciones deberán ser resueltas entre el 23 y 27 de marzo, en las comisiones mixtas de Justicia Plural y de Constitución, mientras los recursos de revisión tienen un plazo de resolución del 2 al 6 de abril.
Los inhabilitados quedaron al margen del proceso por no contar con uno o varios de los 15 requisitos, 9 comunes y 6 específicos, establecidos para ir a elecciones para el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), el Tribunal Agroambiental (TC) y el Consejo de la Magistratura (CM).
El presidente de la Comisión de Constitución de Diputados, Juan José Jauregui, informó de las posibilidades que tienen los inhabilitados, para hacer impugnaciones y plantear un recurso de revisión, como última instancia de apelación.
El parágrafo segundo del artículo 29 de la Ley 1549 Transitoria para las Elecciones Judiciales 2024 refiere que “las y los postulantes podrán impugnar su inhabilitación dentro del plazo de cinco días de la publicación prevista en la presente Ley, adjuntando prueba idónea que desvirtúe la causa de su inhabilitación”.
De acuerdo con Jauregui, durante la etapa de verificación del cumplimiento de requisitos se evidenció que muchos de los candidatos adjuntaron sólo fotocopias simples de varios documentos, pese a que en la convocatoria se pedía que sean legalizadas, lo que derivó en su inhabilitación.
Esta etapa de impugnaciones también está abierta a la ciudadanía que tenga algún justificativo para inhabilitar a alguno de los 340 aspirante que sí acreditaron los requisitos exigidos en la convocatoria.
El secretario técnico de la Comisión Mixta de Constitución, Marcelo Maldonado, aclaró que toda impugnación de habilitación o inhabilitación debe ser debidamente documentada, no solamente como reclamo verbal.
“En esta etapa, que comienza hoy y concluye el viernes 22 de marzo, cualquier persona individual o colectiva puede impugnar a los 340 postulantes habilitados que aspiran a ser elegidos por la población en las urnas como magistrados”, apuntó.
La persona individual o colectiva, incluidos los asambleístas de las cámaras de Diputados y Senadores, que quieren impugnar a uno o varios postulantes deben contar con fundamento y adjuntar prueba idónea.
Las impugnaciones deben plantearse de manera individualizada, por cada postulante y en distintos documentos, no pudiendo impugnarse en una sola nota a varios.
El postulante impugnado debe ser notificado por medios electrónicos (correo electrónico o WhatsApp).
La diputada de Creemos María RenéÁlvarez anunció que presentará una impugnación contra el postulante al Tribunal Agroambiental José García Cruz, porque en el año 2017 ocupó ya ese cargo como suplente.
Argumentó que García Cruz incumple el requisito de no postularse al mismo cargo, donde antes ya cumplió funciones.
Una vez concluida la recepción de impugnaciones, entre el 23 y 27 de marzo, las comisiones mixtas de Justicia Plural y de Constitución resolverán las impugnaciones confirmando o revocando la habilitación o inhabilitación, mediante Resolución fundamentada.
Tras ello, entre el 28 de marzo y el 1 de abril, la o el postulante que crea verse afectado con la resolución que resuelve la impugnación, podrá interponer el recurso de revisión entre el 28 de marzo y 1 de abril, adjuntando prueba idónea preconstituida ante la comisión que resolvió la impugnación.
Entre el 2 y 6 de abril, la Comisión Mixta revisora resolverá el recurso de revisión. “Su resolución causará estado, contra la cual no se admite recurso ulterior”, se lee en el artículo 32 de la ley 1549.
Cumplida esa labor, el 7 de abril se publicará la lista de postulantes habilitados para la fase de evaluación de méritos, que se cumplirá del 8 al 21 de abril.