Para el lunes fue convocado el diálogo político para destrabar las elecciones judiciales que abrirá con el debate del proyecto de Ley 144 que fija una ruta crítica de hasta 44 días para realizar el proceso de preselección de los postulantes y el voto en plancha para elegir a los aspirantes que irán a las elecciones en busca de un espacio de los 26 altos cargos del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).
El encuentro, previsto para las 15h00, fue convocado por el presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, el vicepresidente David Choquehuanca. Se invitó a los presidentes de Diputados, Israel Huaytari, y de Senadores, Andrónico Rodríguez, jefes de bancada de las tres fuerzas políticas, así como con los presidentes de comisión de Constitución y Justicia Plural de ambas cámaras.
La base del debate será el proyecto de Ley 144 Transitoria de las Elecciones Judiciales 2023-2024, del cual el Tribunal Constitucional Plurinacional declaró inconstitucional cuatro artículos y dos disposiciones adicionales.
Las observaciones del TCP apuntan a la ruta crítica y cronograma establecido en el artículo 14 y el parágrafo segundo de la Disposición Adicional Séptima.
Además, declara inconstitucional que personal subalterno implemente una transición, y la “suspensión de todos los plazos procesales”. Esta norma estaba pensada en el escenario de finalización del mandato de los magistrados, pero una sentencia constitucional prorrogó su mandato ante la falta de elección de las nuevas autoridades.
De inicio, se definirá qué instancia realizará las modificaciones, el Senado, donde se originó el proyecto, o en Diputado, que le corresponde la revisión.
La propuesta legal, aprobada en agosto de 2023 por los senadores “evistas” y los opositores de Comunicada Ciudadana y de Creemos, propone, en el artículo 14, una “ruta crítica y cronograma” para la fase de preselección de hasta 44 días.
“La fase de preselección se desarrollará de la siguiente manera: a) Publicación de la Convocatoria (1 día); b) Presentación de postulaciones (15 días); c) Verificación de requisitos habilitantes generales y específicos; y de méritos (10 días); d) Publicación de los postulantes habilitados (1 día); e) Presentación de impugnaciones (2 días); f) Resolución de impugnaciones (4 días); g) Aprobación de los Informes de Preselección y remisión al Presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional (2 días); h) Sesión de la Asamblea Legislativa Plurinacional para la aprobación o rechazo de los Informes de Preselección por 2/3 de votos de los asambleístas presentes (hasta 8 días). II. Remisión al Tribunal Supremo Electoral de la nómina de los postulantes preseleccionados (1 día)”, se lee en el artículo referido.
Pero, además, el parágrafo segundo del artículo 36, señala que “la votación (de preselección de los candidatos) será en plancha por el Tribunal Constitucional Plurinacional, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y Consejo de la Magistratura de manera independiente; la respectiva plancha será aprobada si cuenta con dos tercios de votos de las y los Asambleístas presentes en la sesión Plenaria, una vez constituido el quórum legal. De no alcanzarse esta mayoría calificada, la respectiva plancha quedará rechazada”.
Este aspecto es observado por el ministro de Justicia, Iván Lima, quien, además, lo atribuye al acuerdo que tienen “evistas” y opositores, que en noviembre posibilitó que Rodríguez logre su relección como presidente del Senado.
“El elemento más fuerte es la plancha. Están planteando Comunidad Ciudadana, (Fernando) Camacho y Evo (Morales) que se vote en plancha. Significa que esa lista de mil o dos mil personas que se va a preseleccionar, pasaría al pleno, el cual por dos tercios los habilitaría, y nadie quedaría excluido, no sería una evaluación de los méritos y la idoneidad y la capacidad del candidato uno y dos, sino que todos entrarían en una sola votación y la plancha habitaría a que esos mil, dos mil y tres mil candidatos pasen al Órgano Judicial. Ya no tendríamos una papeleta, tendríamos un cuadernillo”, observó.
Afirmó que “esta propuesta del proyecto de Ley 144 no cumple el mandato constitucional, no preselecciona y el voto en plancha vulnera una serie de principios constitucionales”.