A partir del lunes 3 de julio entra en vigencia el horario de invierno laboral, tanto en el sector público como en el privado, según establece el Decreto Supremo N° 4971 promulgado por el presidente Luis Arce y su gabinete de ministros.
La jornada laboral, de acuerdo con la norma publicada en la Gaceta Oficial del Estado, será en horario discontinuo de lunes a viernes, desde las 09:00 a 12:30 y de 14:30 a 19:00.
“El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer la aplicación de horario de invierno, en la jornada laboral tanto en el sector público como en el sector privado, con la finalidad de prevenir enfermedades estacionales respiratorias para proteger, precautelar la salud y bienestar de las servidoras y los servidores públicos y de las trabajadoras y los trabajadores, durante la temporada de temperaturas bajas”, se lee en el primer artículo del decreto.
Según la nueva norma emitida el miércoles por el Gobierno, el objetivo de la medida es “prevenir enfermedades estacionales respiratorias para proteger, precautelar la salud y bienestar de las servidoras y los servidores públicos y de las trabajadoras y los trabajadores, durante la temporada de temperaturas bajas”.