La Gestora Pública de la Seguridad Social anunció que, a partir del 16 de diciembre, comenzará el proceso de reajuste de pensiones para jubilados y derechohabientes en cumplimiento de la Ley 1582 y la normativa de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS).
El reajuste, que afectará los límites solidarios mínimos y máximos, solo será aplicable a quienes cumplan con los parámetros establecidos en la Escala de la Pensión Solidaria de Vejez de la Ley 065 de Pensiones.
Cronograma por cédula
Para garantizar un proceso ordenado, el recálculo de pensiones se realizará según la terminación del número de cédula:
– 1: 16-20 diciembre
– 2: 23-27 diciembre
– 3: 30 diciembre-3 enero
– 4: 6-10 enero
– 5 y 6: 13-17 enero
– 7 y 8: 20-24 enero
– 9 y 0: 27-31 enero
Desde el 3 de febrero, quienes no asistan en su fecha asignada podrán realizar el trámite sin restricciones de terminación de cédula.
Opciones virtuales
Los beneficiarios también podrán realizar su solicitud a través de la oficina virtual en la página web [www.gestora.bo](http://www.gestora.bo) desde el 16 de diciembre.
Para más información, la Gestora habilitó la línea gratuita 800-10-1610.