La Fiscalía admitió dos denuncias penales presentadas por la exasambleísta de Cochabamba Victoria Beramendi en contra la directora ejecutiva de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM), Carmen Nilza López Valenzuela, por al menos cuatro delitos presuntamente cometidos en el ejercicio de sus funciones.
El fiscal Carlos Cortez admitió los casos 201102012207898 y 201102012207899 en los que tipificó de manera provisional los tipos penales: de beneficios en razón del cargo, falsificación de documento privado, usurpación de funciones y/o conducta antieconómica.
“A partir de la narración que expresa la denunciante, se tiene que el 25 y 30 de mayo de 2022, Carmen Nilza López Valenzuela presentó al Ministerio de Minería y la ante la Ministra de la Presidencia, un currículum vitae que lleva sus datos personales con contenido que es contradictorio con los datos obtenido desde el Sistema de Integración de la Gestión Administrativa (SIGMA) y la Contraloría General del Estado”, señala de manera escueta el análisis del fiscal.
El caso hace alusión a la denuncia en sentido de la que Directora de la AJAM habría declarado una experiencia de seis años en el sector minero para acceder al cargo, cuando en los hechos no fue así, pues en el periodo que atribuye esa experiencia trabajaba en el Tribunal Electoral Departamental (TED).
“Se dispone la admisión de la denuncia interpuesta por Victoria Lizeth Beramendi Orellana en contra de Carmen Nilza López Valenzuela por el delito antes dicho (…). Se deja al resultado de las investigaciones la recalificación, ampliación o no de la conducta de la denunciada a los delitos invocados por la denunciante de falsificación de documento privado, usurpación de funciones y/o conducta económica, según sea el criterio del fiscal especializado”, señala la admisión a la que accedió Brújula Digital.
Sobre el caso: 201102012207899 a partir de la narración que expresa la denunciante, en el mes de julio, Carmen Nilza López Valenzuela, Directora de la AJAM, recibió de Leandro Cuba Mamani, presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa Minera Aurífera “Kotani Chullpamarca”, de manera no pública, una cadena de oro que incluye dije en calidad de obsequio, cuya cooperativa fue beneficiada el 17 de agosto de 2022 con 22 cuadrículas de oro.
“El hecho así presentado, es posible configurarlo en forma provisional al delito de beneficios en razón del cargo, previsto y sancionado en el artículo 147, I del Código Penal modificado por la Ley 1390, siendo necesaria activar la persecución penal para la colección de elementos que confirmen, amplíen o enerven la teoría fáctica que propone el denunciante, llegando a la verdad de los hechos o inclusive a determinar la excusa absolutoria”, señala la admisión.
La directora de la AJAM en conferencia de prensa admitió, tras la denuncia, el regalo de la cadena de oro con dije de parte del cooperativista aurífero, y atribuyó el hecho a un caso de “usos y costumbres” y aseguró que el objeto de valor se encuentra anotado en la institución como un activo fijo.
Por lo anterior, de conformidad con el artículo 285 del Código de Procedimiento Penal, el Fiscal admitió ambas denuncias penales interpuesta por Victoria Lizeth Beramendi Orellana, que fueron respaldadas por la bancada de Comunidad Ciudadana en la Asamblea Legislativa.