El exministro de Desarrollo Rural y Tierras del gobierno de Luis Arce, Edwin Characayo, continuará con detención domiciliaria pese a estar sentenciado a ocho años de cárcel. La decisión del juez de primera instancia fue ratificada este viernes por el Tribunal Primero de Sentencia en lo Penal en la audiencia de apelación incidental.
“Efectivamente, se ha llevado a cabo la audiencia de apelación incidental en contra de la resolución emitida por el Tribunal Primero de Sentencia en lo Penal, el mismo que ha concedido la detención domiciliaria con escoltas policiales, la sala que conoció esta apelación ratificó la resolución debido al criterio anterior que había interpuesto en una de las resoluciones”, informó a ANF Eusebio Vera, abogado de una de las víctimas.
El 13 de abril de 2021, el exministro y su director de ese entonces, Hiper García, fueron aprehendidos, en el centro paceño, porque fueron encontrados infraganti recibiendo 20 mil dólares; según la Policía era un adelanto de los 380 mil dólares que tenía que cancelar la víctima, una vez sea revertida una propiedad “El Triunfo II” en el departamento de Santa Cruz.
Dos días después, el juez de turno determinó la detención preventiva en el penal de Palmasola del exministro, y de García en el centro penitenciario de San Pedro de la ciudad de La Paz. Luego, el 13 de septiembre de este año, el Tribunal Primero de Sentencia condenó a Characayo a ocho años de cárcel por los delitos de cohecho pasivo.
El 5 de octubre, el abogado Vera informó que la justicia determinó que Characayo cumpla su sentencia en su domicilio, adelantó que la resolución de la autoridad judicial sería apelada. Sin embargo, este 18 de noviembre, la justicia ratificó que el exministro continúe en su domicilio cumpliendo su sentencia hasta que se emita la sentencia ejecutoriada.
“Por congruencia la Sala determinó y ratificó esa medida. Debemos recordar que la causa ya tiene una sentencia de carácter condenatoria; sin embargo, el Tribunal indicó que la detención es temporal y extraordinaria y es instrumental no se puede condenar, mientras no tenga una sentencia de carácter ejecutoriada”, explicó el abogado.