El Gobierno boliviano aprobó el Decreto Supremo 5203, que aumenta las sanciones económicas por contravenciones a la Ley Forestal. La nueva normativa eleva la multa por hectárea de terreno quemado en espacios protegidos a Bs 2.460, marcando un cambio radical respecto a las sanciones anteriores.
El Decreto Supremo 5203, aprobado el miércoles por el gabinete de ministros, establece que las multas se fijarán entre 190 y 976 Unidades de Fomento a la Vivienda (UFV), equivalentes a Bs 478 y Bs 2.460 respectivamente, dependiendo de la gravedad de la infracción. Con una UFV cotizada en Bs 2,5, esta medida representa un aumento drástico respecto a la sanción anterior, que oscilaba entre Bs 1,3 y Bs 5 por hectárea dañada.
El Ministro de Defensa, Edmundo Novillo, destacó la necesidad de esta reforma, calificando las multas previas como “excesivamente simbólicas”. Novillo afirmó que la nueva sanción tendrá un impacto económico real y significativo en quienes cometan estas infracciones. “Este decreto está cambiando las sanciones, especialmente económicas, por quemas en cualquier lugar del territorio nacional”, subrayó el ministro.
El artículo 1 del Decreto Supremo 5203 modifica el Reglamento General de la Ley Forestal, previamente establecido por el Decreto Supremo N° 24453 de 1996. La normativa actualiza el párrafo primero del Artículo 43, estipulando que las multas se calcularán en función de las UFV y se ajustarán según la extensión del terreno afectado. Además, el decreto prevé un incremento progresivo del monto de la multa en casos de reincidencia.
Para garantizar la aplicación efectiva de estas sanciones, la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra (ABT) tendrá un plazo de hasta 10 días hábiles para reglamentar los detalles del decreto, en coordinación con el Ministerio de Medio Ambiente y Agua. La reglamentación establecerá los parámetros específicos para la aplicación de las multas, asegurando que los sancionados cumplan con las obligaciones impuestas.