El Tribunal Constitución Plurinacional (TCP) revocó la resolución del 28 de julio emitida por el Tribunal de Sentencia Penal Tercero de la ciudad de Santa Cruz, convertido en Tribunal de Garantías, y dispuso que los obrados del caso Banco Fassil sean enviados a la ciudad de La Paz para que sean acumulados en un solo proceso tal como inicialmente había determinado un juez de instrucción anticorrupción.
De acuerdo con la resolución del TCP, “el Tribunal de Garantías, al conceder la tutela solicitada, no obró de manera correcta”.
“Por tanto: el Tribunal Constitucional Plurinacional (…) resuelve: revocar la Resolución 15/2023 de 28 de julio y en consecuencia, denegar la tutela solicitada, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en el presente fallo constitucional”, se lee en la parte resolutiva.
El 28 de junio de este año, el ministro de Justicia, Iván Lima, interpuso un incidente de acumulación de procesos por conexitud, pidiendo además que el proceso sea trasladado a La Paz. El juez anticorrupción Alejandro Gamboa Mendoza declaró fundado el pedido y dispuso el traslado de los obrados a la sede de Gobierno.
Ricardo Mertens, uno de los coimputados por la quiebra del Banco Fassil y que está detenido en la cárcel de Palmasola de forma preventiva, planteó una acción de libertad, argumentando la vulneración de sus derechos como el haberle designado un abogado de oficio que no conocía el caso, al que además acuso de no interponer una apelación incidental, entre otras cosas.
El 28 de julio, el Tribunal de Sentencia Penal Tercero de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituido en Tribunal de Garantías, concedió la tutela solicitada por Mertens y esa resolución pasó en revisión al TCP con sede en la ciudad de Sucre.
Finalmente, el Tribunal Constitucional anuló el dictamen del Tribunal de Garantías y dispuso dar curso al pedido del ministro de Justicia, Iván Lima, y ordenó que todos los obrados sean trasladados a La Paz.