El vocero del Comité Interinstitucional de Santa Cruz, Manfredo Bravo, afirmó este martes que el proyecto de ley del Censo de Población y Vivienda que se debate en la Comisión de Constitución, Legislación y Sistema Electoral de la Cámara de Diputados no puede modificar el Decreto Supremo 4824 que fija la fecha del empadronamiento nacional para el 23 de marzo de 2024.
“La ley tiene que condecir con el decreto, no puede modificarlo, puede ampliarlo para aquello que falta legislar, como por ejemplo la distribución de escaños, sacar el concepto de resultados preliminares y poner resultados totales de población que son los que tienen que entregar en septiembre (2024)”, explicó el Bravo en entrevista con la televisora Unitel.
El vocero también ve que “esas cuestiones (distribución de escaños y resultados totales del censo) deben estar legisladas y selladas” para que sean la base de otro tipo de movilización ciudadana si más adelante el Ejecutivo nacional decide no acatarlas, “pero ya estarían violando un principio”.
Recordó que en la gestión del presidente Luis Arce Catacora se promulgaron tres decretos supremos referidos al Censo de Población y Vivienda, dos de ellos no se cumplieron, por eso una norma de estas características no genera confianza en la población, de ahí nace la exigencia de que la Asamblea Legislativa Plurinacional apruebe una ley.
“Una ley garantiza su cumplimiento (de realización del censo), no la pueden cambiar de la noche a la mañana, el decreto el presidente lo puede cambiar cuando quiera”, apuntó Bravo, quien considera como un tema de fondo que los resultados del empadronamiento nacional sean aplicados para modificar la distribución de escaños, la delimitación de circunscripciones uninominales y la redistribución de recursos para las regiones.